Como directivo o responsable del área legal, la protección de la propiedad industrial es una prioridad estratégica. En Colombia, el registro de signos distintivos no solo otorga exclusividad, sino que blinda el valor comercial de la compañía frente a competidores y terceros.
El trámite administrativo se surte exclusivamente ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). La protección otorgada es de carácter nacional y concede un derecho de exclusiva por un término de 10 años, renovables de manera indefinida.
La radicación y el seguimiento se realizan mediante el Sistema de Propiedad Industrial (SIPI), permitiendo una gestión centralizada y eficiente de los expedientes corporativos.
La legislación colombiana permite proteger diversas manifestaciones de la identidad corporativa:
Marcas Nominativas: Protegen la expresión literal o fonética.
Marcas Figurativas: Protegen el componente visual o diseño gráfico prescindiendo de letras.
Marcas Mixtas: Combinación de elemento nominativo y gráfico (estándar en el sector B2C).
Marcas No Tradicionales: Incluyen marcas sonoras, de color delimitado, olfativas y tridimensionales (forma del producto o empaque).
Una fase crítica para el departamento legal es el monitoreo de la Gaceta de la Propiedad Industrial.
Publicación: Tras el examen de forma, la solicitud se hace pública.
Término de Oposición: Terceros con interés legítimo cuentan con 30 días hábiles para presentar oposiciones basadas en causales de irregistrabilidad (relativas o absolutas).
Vigilancia Activa: Es imperativo contar con protocolos de vigilancia para evitar la dilución marcaria o el registro de signos confusamente similares.
La concesión es el acto administrativo que perfecciona el derecho de propiedad. No obstante, la normativa andina impone una carga de uso al titular.
Si una marca no es utilizada efectivamente en el mercado por un periodo de 3 años consecutivos, cualquier tercero interesado puede iniciar una Acción de Cancelación. La falta de prueba de uso conlleva la pérdida total de la prioridad y del derecho sobre el signo.
Para empresas con visión global, existen mecanismos de simplificación y prelación:
Las compañías disponen de un término de 6 meses desde la radicación en Colombia para solicitar la misma marca en otros países miembros, conservando la fecha de prelación original.
Colombia permite la gestión de portafolios internacionales mediante una solicitud única ante la SIC. Este sistema facilita la protección en más de 125 países, centralizando pagos y renovaciones ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).
También ofrecemos servicios de registro de marcas en Perú, Estados Unidos, España, y más de 150 países.
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| Solicitud registro de marca | 790.00 USD |
|---|---|
| Revisión y envío de certificado digital de marca | 100.00 USD |
| Optimización de logotipo (marcas mixtas) | 0.00 USD |
| Invocar prioridad internacional | 100.00 USD |
| Búsqueda fonética de marca | 100.00 USD |
| Búsqueda fonética de marca (cada clase adicional) | 80.00 USD |